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Actualidad

DGI explicó implementación de la devolución del IVA al gasoil a productores que tributen IMEBA

27 de febrero de 2018

La Dirección General Impositiva (DGI) citó a las gremiales agropecuarias para poner en conocimiento acerca del mecanismo práctico para la devolución del IVA al gasoil para productores arroceros, lecheros y hortícolas que tributan IMEBA. Las condiciones para pagar IMEBA son no explotar más de 1.250 has de Indice Coneat 100 y no tener ingresos superiores a 2 millones de Unidades Indexadas, alrededor de US$ 250.000. Tampoco se puede ser una Sociedad Anónima, ni Sociedad Comandita por Acciones.

Federico Camy, integrante del estudio Guyer & Regules explicó que, a partir del 1 de marzo, cada productor que compre combustible tiene que pedir una factura con su número de RUT que lo identifica ante la DGI. Esa factura no puede tener otra compra que no sea gasoil. Las estaciones de servicios serán las que informen a la DGI todos los meses, cuánto de gasoil puso cada productor. La devolución del IVA será al mes siguiente, a través de las redes de cobranza o por medio del Banco con el que trabaja el productor. Para ello, deberá indicar en su institución financiera que quiere percibir allí la devolución del IVA depositándolo la DGI de forma automática.

Escuche la entrevista a Federico Camy, integrante del estudio Guyer&Regules, en diálogo con Juan Dellapiazza en Punto de Equilibrio

https://soundcloud.com/user-455646381/federico-camy-27-2-18

5 - 23:55