Nueva normativa para el comercio de semillas, por malezas y tratamientos; analizan incluir el vigor en soja

Inase actualizó exigencias sobre pureza y tratamiento de semillas, analiza la inclusión del vigor en soja e incorporó el concepto “variedades esencialmente derivadas”
Toda la semilla de las distintas especies comercializadas en Uruguay cuenta con estándares específicos que establecen requisitos de germinación y pureza, entre otros. Dentro del concepto de pureza se admite un porcentaje máximo de contaminantes, que pueden incluir materia inerte y semillas de otros cultivos o de malezas.
“Debido a los cambios en los ambientes productivos y a nuevas tecnologías, surge la aparición de malezas que antes no estaban presentes, o no eran tan agresivas, por lo que es necesario actualizar la normativa e incorporar a la lista semillas de especies de malezas que en algunos casos no tenían límites específicos y que hoy generan problemas productivos o restricciones en mercados internacionales”, explicó a VERDE el director ejecutivo del Instituto Nacional de Semillas (Inase), Daniel Bayce.
Precisó que se incorporaron ocho malezas, con límites definidos según grupos y cultivos, a diferencia de lo que ocurre, por ejemplo, en la Unión Europea, que cuenta con una única lista de malezas para todas las especies. Como ejemplo, se incluyeron todas aquellas malezas que presentan tolerancia al glifosato, como algunas especies de Amaranthus.
En relación a la venta de semillas recubiertas, curadas o peleteadas, Bayce explicó que la nueva norma de Inase establece que “si bien se pueden validar algunos parámetros del análisis del lote previo a ser recubierto, el análisis de germinación debe realizarse después del tratamiento”, porque “el proceso puede afectar fisiológicamente a la semilla”, algo que “no sucede con los parámetros vinculados a pureza o presencia de semillas de malezas”.
Inase elaboró un protocolo claramente definido para evitar confusiones a nivel de laboratorio. Esa exigencia ya se encuentra operativa para todas las especies. El jerarca recordó que “debe informarse claramente cuánto del peso corresponde a semilla y cuánto a material inerte, información que resulta clave para el productor al momento de definir la densidad de siembra”.
Sobre la posible incorporación del vigor como información obligatoria en la etiqueta de semillas, dijo que actualmente ese parámetro no está contemplado. “A pedido de la Comisión de Usuarios de Semillas de Inase se está analizando la posibilidad de incluir información sobre el vigor en la etiqueta de semilla de soja. El objetivo es dar garantías a ambos lados del mostrador, usuarios y semilleristas”, comentó.
También adelantó que la propuesta será presentada para su consideración de la junta directiva en febrero, y que en una primera etapa la eventual exigencia se limitaría exclusivamente a la semilla de soja, que “es el único cultivo en el que está estandarizada una metodología para la estimación de vigor”.
VARIEDADES ESENCIALMENTE DERIVADAS
Uruguay incorporó a su legislación el concepto de variedades esencialmente derivadas, cambio que actualiza el marco normativo de los derechos de propiedad de cultivares y lo alinea con los estándares internacionales. La iniciativa fue impulsada por Inase.
El sistema de variedades protegidas establece que, para registrar una variedad con título de propiedad, “entre otros requisitos, debe demostrar ser diferente a cualquier otra disponible en el mercado”. Con la normativa anterior se podía tomar una variedad existente, realizar un cambio menor, manteniendo la mayoría de sus características originales, y registrarla como propia del último mejorador.
La incorporación del concepto de variedad esencialmente derivada se reconoce que, en esos casos, la nueva variedad se origina a partir de otra ya existente, por lo que se establece la necesidad de un acuerdo con el titular de la variedad original para definir la forma en que se repartirán los derechos o regalías.
“Todo esto está directamente vinculado al desarrollo de nuevas técnicas de mejoramiento, en particular a la edición génica”, indicó.
Bayce resaltó que el mejoramiento clásico “seguirá siendo necesario” y que “el desarrollo de una nueva variedad puede llevar varios años”, pero que “hoy es posible tomar una variedad existente y mediante edición génica realizar una modificación puntual en un plazo mucho más corto”. Aclaró que la edición génica no implica transgénesis, ya que no se incorporan genes de otra especie, sino que se actúa sobre genes propios de la planta, por ejemplo, inhibiendo o activando su expresión.
En esa línea, mencionó el desarrollo de trigos sin gliadinas, mediante la desactivación del gen responsable de esa proteína, sin alterar el resto de las características agronómicas y de calidad de la variedad.
Sostuvo que estas modificaciones aportan valor al mercado, ya que se parte de variedades que ya cuentan con determinado rendimiento, resistencias, ciclo y calidad.
Bayce recordó que la legislación uruguaya original en materia de derechos de propiedad en variedades vegetales es de 1981 y que en 1994 el país se adhirió al convenio internacional UPOV, que establece normas mínimas en esta materia, al que adhieren cerca de 100 países. Recordó que en 2009 se realizó una modernización de la Ley de Semillas, y ahora la incorporación de las variedades esencialmente derivadas constituye el siguiente paso.
Indicó que este concepto forma parte de los requisitos mínimos en mercados relevantes, como la Unión Europea, Estados Unidos y acuerdos comerciales como el Transpacífico. En ese marco, Bayce afirmó que la normativa uruguaya pasa a ser prácticamente compatible en su totalidad con los principales convenios internacionales, lo que evita futuras negociaciones específicas en esta materia.
Añadió que este marco protege tanto a los mejoradores nacionales, como INIA, la Facultad de Agronomía o empresas privadas, como a las variedades provenientes del exterior, ya que garantiza el reconocimiento de derechos en ambos sentidos.
Escuche a Daniel Bayce




